Presentación
Las empresas adjudicatarias de los diferentes servicios contratados por EJIE, deberán conocer, cumplimentar y firmar por cada pedido o presentación de ofertas los siguientes documentos, independientemente de las condiciones particulares que se determinen para cada caso.
Política de seguridad para personal de empresas proveedoras:
Adaptación a las políticas de seguridad de EJIE, de obligado conocimiento y cumplimiento
Concursos:
- De aplicación a las contrataciones de EJIE, unidas al documento contrato/pedido.
Condiciones Generales de Contratación
Servicios:
Servicios prestados por empresas adjudicatarias con personal adscrito como recursos personales de contratos adjudicados
- Con la finalidad de cumplir con las obligaciones legales en materia de seguridad y salud laboral y más concretamente en coordinación de actividades empresariales, así como de seguridad de la información, las empresas deberán gestionar la información requerida por EJIE tanto propia como de su personal a través de la aplicación informática de la que se adjunta el enlace a continuación.
Acceso a la aplicación de coordinación de actividades empresariales
Para solicitar información sobre el alta en esta aplicación remita un correo electrónico a una de las siguientes direcciones de correo: a-elorzamesanza@ejie.eus, e-muromotriko@ejie.eus, i-aristiperosanz@ejie.eus
El envío y posterior validación de la información requerida por EJIE en esta aplicación será requisito indispensable para el acceso a los edificios.
El documento de condiciones generales de contratación que figura al dorso del pedido deberá ser firmado y enviado en formato electrónico. - Para los supuestos de subcontratación, deberá enviarse a EJIE la plantilla que se adjunta, debidamente sellada y firmada por el apoderado.
Plantilla de solicitud de autorización de subcontratación
Contratación de Suministros:
- Materiales
- En caso de ser necesaria la instalación de los materiales contratados, se firmará un acta de instalación definitiva por ambas partes, tal como se indica en las condiciones generales de contratación.
- Las contrataciones y/o facturación de las contrataciones realizadas por EJIE, S.A. no serán efectivas hasta la total cumplimentación de la documentación requerida para cada caso.
Fomento contratación verde
- De acuerdo a la Resolución 6/2008, de 2 de junio, del Director de la secretaría de Gobierno y Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Gobierno sobre incorporación de criterios sociales y otros políticas en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma y de su sector público por la que se publica la “Instrucción para la incorporación de criterios sociales y medioambientales y otras políticas públicas en la contratación”, EJIE viene incluyendo criterios sociales y medioambientales, y laborales, en la medida de lo posible, según lo dispuesto en dicha Instrucción, en las previsiones de los pliegos de los contratos, en el procedimiento de adjudicación y en la propia ejecución del contrato, sin menoscabo de los principios generales aplicables a la actividad contractual, en especial, los de concurrencia, igualdad y no discriminación y las libertades de prestación de los servicios y circulación de bienes.
Igualdad
- En toda contratación se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales, entre los que se encuentran los vinculados con el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, y medioambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos. Igualmente se facilitará el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, así como de las empresas de economía social. Así mismo, EJIE valorará la incorporación de consideraciones sociales, entre los que se encuentran los vinculados con el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, sí como medioambientales y de innovación como aspectos positivos en los procedimientos de contratación pública y promoverá la participación de la pequeña y mediana empresa y el acceso sin coste a la información, en los términos previstos en la LCSP.